Nacionales

Comunicado a la opinión pública

El Defensor del Pueblo de la República Dominicana, órgano constitucional autónomo e independiente, tiene la función esencial de contribuir a salvaguardar los derechos fundamentales de las personas y los intereses colectivos y difusos de conformidad con las las disposiciones de los artículos 190, 191 y 192 de la Constitución y la Ley núm. 19-01 que crea el Defensor del Pueblo.

TSE y Defensor del Pueblo, instituciones constitucionales con mejor puntuación en transparencia.

EL NUEVO DIARIO, SANTO DOMINGO. – El tribunal Superior Electoral (TSE) y el Defensor del Pueblo (DP) han sido las instituciones constitucionales con mejor puntuación durante los primeros seis meses del año, de acuerdo a la evaluación realizada por el portal de la Dirección General de Ética e Integridad Gubernamental (DIGEIG).