Derecho a la Vivienda y oportunidades para el mercado Hipotecario
Nuestra Constitiucion Dominicano, en su Articulo 59.- Derecho a laviviencla. Toda persona tiene derecho a una vivienda digna con semicios bhicos esenciales. El Estado debe fijar las condiciones necesarias para hacer efectivo este derecho y promover planes de viviendas y asentamientos humanos de interts social. El acceso legal a la propiedad inmobiliaria titulada es una …
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