Hay problemas que, por repetirse durante años, corren el riesgo de convertirse en parte del paisaje. En Villa Altagracia, durante el Diálogo en tu Comunidad por el Bien Común, varias familias nos hablaron de drenajes obstruidos, aguas residuales corriendo por las calles y focos de contaminación frente a sus viviendas. Una expresión resumió la gravedad de lo que estaban viviendo: «Vivimos rodeados de agua sucia y nuestros niños se están enfermando».
Aquello no era simplemente un problema de drenaje. Cuando las aguas contaminadas permanecen frente a una vivienda, se comprometen simultáneamente la salud, el ambiente, la seguridad y la dignidad de quienes viven allí. Es precisamente en situaciones como esta donde comprendemos que los derechos no existen separados unos de otros: se encuentran en la vida cotidiana de las personas.
Registramos la situación en el Sistema M158 y activamos las gestiones correspondientes para intervenir los drenajes, corregir filtraciones y eliminar los focos de contaminación identificados por la comunidad. Posteriormente, los propios residentes confirmaron la mejoría: podían desplazarse con mayor seguridad, habían desaparecido los malos olores y sus familias estaban menos expuestas a las condiciones que anteriormente los afectaban.

Esta experiencia deja una enseñanza importante para la gestión pública. El saneamiento no puede verse únicamente como infraestructura. Es una política de salud preventiva. Una intervención oportuna en un drenaje puede evitar exposición a contaminación, reducir riesgos sanitarios y devolver condiciones adecuadas al espacio donde una familia desarrolla su vida. Prevenir también es garantizar derechos.
Nuestra Constitución permite comprender esa relación. El artículo 61 reconoce el derecho a la salud y el artículo 66 establece la protección del medio ambiente. El artículo 15, por su parte, regula el agua como patrimonio nacional estratégico de uso público y reconoce el acceso al agua potable como un derecho fundamental. Agua, salud y ambiente convergen así en una misma obligación pública: crear condiciones que permitan a las personas vivir con dignidad.
La Acción 071 registra, conforme al Sistema M158, un impacto directo de 6,700 personas, un impacto indirecto de 21,000 y un impacto total de 27,700 personas. Pero detrás de esas cifras hay algo que ninguna estadística debe ocultar: hogares que habían aprendido a convivir con una situación que nunca debió normalizarse.
Recorrer los municipios del país ha permitido comprobar que muchas veces las grandes transformaciones comienzan resolviendo problemas concretos. Una comunidad no mide al Estado únicamente por sus planes o presupuestos; también lo mide por algo mucho más sencillo: si el agua contaminada sigue frente a su casa o si finalmente alguien articuló una respuesta para resolverla.
Ese es el sentido de 100 Acciones por el Bien Común. Escuchar, registrar, gestionar, dar seguimiento y verificar. Convertir una demanda ciudadana en una gestión verificable y hacer de la presencia territorial una herramienta para garantizar derechos.

Villa Altagracia nos recuerda algo esencial: ninguna comunidad debe acostumbrarse a vivir entre aguas contaminadas, malos olores o riesgos evitables para su salud. Cuando el Estado escucha, coordina y responde, una obra aparentemente pequeña puede producir un resultado profundamente humano.
Saneamiento es salud. Saneamiento es prevención. Saneamiento es dignidad. Eso también es un Estado que funciona para la gente.
Por el bien común.







